Requisitos para la nacionalidad española por carta de naturaleza
Si crees que por tus circunstancias excepcionales el Consejo de Ministros te pudiera conceder la nacionalidad española, ten en cuenta los siguientes requisitos:
Modelo de solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza. Descarga aquí el modelo de solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza. Rellénalo de forma correcta y asegúrate de que no tendrás inconvenientes en recibir el correo. Debes saber que en caso de no poder realizar una notificación, está en juego la adquisición de la nacionalidad española por carta de naturaleza.
Certificado literal de nacimiento. Apostillado o legalizado y con su traducción jurada si no está en español. En este enlace puedes encontrar la lista de traductores jurados reconocidos por el Ministerio.
Si estás casado, debes aportar el certificado de matrimonio. También debe estar apostillado o legalizado y traducido por traductor jurado.
Documentos que acrediten las circunstancias excepcionales para la adquisición de la nacionalidad por carta de naturaleza. En el modelo de solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza redacta cuáles son las circunstancias excepcionales por las que el Consejo de Ministros debería concederte la nacionalidad española. Anexa toda la documentación que acrediten tus circunstancias, pues cuanto mejor lo expongas, más oportunidades de éxito tendrás.
No debes tener antecedentes penales en España, ni en tu país de origen. Los certificados de antecedentes penales del país de origen deben estar debidamente apostillados o legalizados, y traducidos al español por traductor jurado. Para la acreditación de la ausencia de antecedentes penales en España puedes aportar el certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia de España en este enlace.
Renuncia a la nacionalidad anterior, en caso de requerirse. En el modelo de solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza debes declarar que, en caso de concesión de la nacionalidad, renunciarás a tu nacionalidad anterior. No deben renunciar a su nacionalidad los nacionales de países Iberoamericanos, Andorra, Portugal, Filipinas, Guinea Ecuatorial y podrán mantener las dos nacionalidades, tanto la de origen como la española.