
Tarjeta azul UE en España: solicitud y requisitos
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Nueva Directiva Europea – Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo
El pasado 28 de octubre de 2021, Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica la Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021 relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta cualificación, y por el que se deroga la Directiva 2009/50/CE del Consejo, con entrará en vigor el 18 de noviembre de 2021.
Sin embargo, en el marco de esta directiva, los Estados miembros de la Unión Europea pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la citada Directiva a más tardar el 18 de noviembre de 2023.
El objetivo es reforzar y promover el régimen de la tarjeta azul de la Unión Europea y atraer a trabajadores altamente cualificados de terceros países.
Si quieres leer el texto completo de la Directiva puedes descargarlo aquí.
Sin embargo, esta no es una figura nueva en España. De acuerdo con la normativa española, la tarjeta azul UE en España o blue card autoriza a su titular para el ejercicio de un empleo cualificado en España. Por esta vía, los ciudadanos extranjeros de países no comunitarios, considerados profesionales altamente cualificados, obtendrán una autorización de residencia y trabajo documentada con una tarjeta azul de la UE en España según este artículo 38 de la Ley de Extranjería los artículos 85 y siguientes del Reglamento.
¿Qué es la Blue Card o Tarjeta Azul de la Unión Europea?
La tarjeta azul UE es una autorización de residencia y trabajo dirigida a los trabajadores altamente cualificados procedentes de países fuera de la Unión Europea que da el derecho de residir y trabajar en un país de la Unión Europea, condicionada a la demostración de cualificaciones profesionales altas, como un título universitario, o, excepcionalmente, acreditar un mínimo de cinco años de experiencia profesional que pueda ser considerada equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda la autorización; además será necesario y un contrato de trabajo o una oferta de empleo firme con un salario que sea elevado en comparación con la media del país de la Unión Europea de que se trate.
La tarjeta azul UE fue creada para atraer talento cualificado a Europa, por lo que tiene validez en 25 de los 27 países de la Unión Europea. Es válida en todos los Estados miembros de la UE, excepto Dinamarca e Irlanda.
Requisitos para solicitar la Tarjeta Azul UE
Para la concesión de una autorización inicial de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- No se encuentren irregularmente en territorio español.
- Carezcan de antecedentes penales, tanto en España como en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
- No figuren como rechazables en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Se haya abonado la tasa por tramitación de la autorización de residencia temporal.
- En relación con la actividad a desarrollar será necesario que:
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- a) El empleador presente un contrato de trabajo que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización de residencia temporal y trabajo.
- b) Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente y el convenio colectivo aplicable para la misma actividad, categoría profesional y localidad, así como que el salario bruto anual especificado en el contrato de trabajo sea, al menos, 1,5 veces el salario bruto anual medio.
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No obstante, siempre que el contrato se ajuste a la normativa vigente y al convenio colectivo aplicable, el umbral salarial podrá ser 1,2 veces el salario bruto anual medio establecido para aquellas profesiones en las que haya una necesidad particular de trabajadores nacionales de terceros países y que pertenezcan a grupos 1 y 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones, CIUO.
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- c) El empleador haya formalizado su inscripción en el correspondiente régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- d) El empleador cuente con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
- e) El extranjero tenga la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión
- f) Se haya abonado la tasa relativa a la autorización de trabajo.
- g) Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero en los términos previstos en el artículo 65 del Reglamento de la Ley de Extranjería.
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Para la concesión de las autorizaciones destinadas a profesionales altamente cualificados podrá tenerse en cuenta la situación nacional de empleo
Procedimiento para solicitar la Tarjeta UE
¿Quién debe realizar la solicitud?
El empleador que pretenda contratar a un trabajador extranjero no residente en España deberá presentar personalmente, o a través de quien válidamente tenga atribuida la representación legal empresarial, la correspondiente solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados
¿Dónde se debe presentar la solicitud?
El órgano competente para su tramitación será la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vayan a prestar los servicios.
¿Cuánto tiempo hace falta para obtener la tarjeta azul?
El órgano competente resolverá de forma motivada en el plazo de cuarenta y cinco días desde la presentación de la solicitud. Por lo que el tiempo máximo de procesamiento para la emisión de una Tarjeta Azul en España es 45 días.
La resolución será debidamente notificada al empleador o su representante. Igualmente, será comunicada al trabajador extranjero a favor del cual se haya solicitado la autorización.
Solicitud de visado
Concedido el permiso de residencia, el interesado deberá solicitar el visado correspondiente ante la Misión diplomática u Oficina consular española correspondiente al lugar de residencia del trabajador.
*No será necesario la obtención de visado de residencia y trabajo previo, cuando el interesado haya sido titular de una tarjeta azul UE en otro Estado miembro de la Unión Europea, en casos de ejercicio del derecho a la movilidad
Validez del permiso
En España, la autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados o Tarjeta Azul UE se expide con una validez de un año.
Renovación
La renovación de las autorizaciones deberá solicitarse, en modelo oficial, durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.
Los efectos de la autorización renovada se retrotraerán al día inmediatamente siguiente al de la caducidad de la autorización anterior.
Diferencia con la Residencia de Profesional Altamente Cualificados de la Ley 14/2013 (Ley de Emprendedores)
Ciertamente, este permiso de residencia se asemeja mucho al permiso como trabajador altamente cualificado contemplado en la Ley 14/2013 o Ley de Emprendedores, dado que el solicitante de la tarjeta azul debe ser considerado trabajador cualificado.
Sin embargo, la principal diferencia radica en que la tarjeta azul está condicionada a la situación nacional de empleo. Esto sería principalmente, que el puesto de trabajo tiene que estar dentro del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o cuando el empleador acredite la dificultad de cubrir los puestos de trabajo vacantes con trabajadores ya incorporados en el mercado laboral interno a través del certificado emitido por el Servicio de Empleo competente.
Otra diferencia importante radica en los plazos de tramitación. Mientras que, para el permiso para profesional altamente cualificado de la Ley de emprendedor, el plazo legal de resolución es de 20 días hábiles; para la Tarjeta Azul el plazo de resolución es de 45 días. Superado este plazo, en el primero se entenderá que el permiso ha sido aprobado por silencio administrativo positivo, pero en el segundo se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo negativo.
Permiso de residencia para los familiares acompañantes
Los familiares acompañantes de los titulares de tarjeta azul UE tendrán derecho a solicitar una autorización de residencia según la base del cumplimiento de los requisitos reglamentariamente previstos en relación con la reagrupación familiar.
Para obtener información sobre los requisitos y el procedimiento podrás consultar la información disponible sobre reagrupación familiar en el siguiente enlace.
Recuerda que puedes contar con nuestro asesoramiento profesional. Solicita tu cita haciendo clic aquí.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]