Pérdida y Conservación de la Nacionalidad Española 2026: Obligaciones y Trámites para No Perderla.

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Si obtuviste la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática y quieres evitar la pérdida de la nacionalidad española, te dejamos las claves para mantener la ciudadanía española

¿Puedo perder la nacionalidad española obtenida por la Ley de Memoria Democrática? 

 

La Ley de Memoria democrática (LMD)  otorga la nacionalidad española a los hijos de madre o padre originariamente españoles o a los nietos de abuela o abuelo originariamente español, por esta razón es conocida como la Ley de Nietos o nacionalidad española por descendencia.  La nacionalidad española LMD se considera nacionalidad española de origen. En este sentido, las causas de la pérdida de la nacionalidad española son las mismas que las establecidas, en el Código Civil español, para todos los españoles de origen.

A continuación te explicamos todo lo que debes saber sobre tus derechos y deberes como español de origen, para que puedas conservar la nacionalidad española.

¿Estoy en riesgo de perder la nacionalidad española? ¿Qué hago?

 

Para evitar la pérdida de la nacionalidad española el español de origen debe seguir las siguientes recomendaciones: 

  • Si es mayor de edad y reside en el extranjero de forma habitual, el ciudadano español debe dirigirse al consulado de España que le corresponde por el domicilio para hacer el acta de conservación de la nacionalidad española.
  • Si adquiere voluntariamente otra nacionalidad, también debe acudir al consulado de España y hacer el acta de conservación de la nacionalidad española.

¿Cómo evitar la pérdida de la nacionalidad española?

 

  • El español de origen  puede hacer uso del pasaporte español para sus viajes, manteniendo siempre este documento en vigor.
  • El español de origen debe participar de las elecciones convocadas por el consulado que le corresponda.
  • El español de origen debe mantener actualizados los datos personales en el registro de matrícula consular.

Recomendaciones prácticas si vives en el Extranjero.

 

Los extranjeros que obtienen la nacionalidad española por descendencia y no requieren residir en territorio español deben cumplir con los mismos deberes de un español de origen, para evitar la pérdida de la nacionalidad española. Las obligaciones para conservar la nacionalidad española son las siguientes: 

 Mantener actualizados tus datos en el Registro Consular.

 

Para evitar la pérdida de la nacionalidad española cuando se reside en el extranjero, el español de origen debe mantener actualizados  los datos en el Registro Civil y en Registro de Matrícula Consular. Los datos requeridos por el registro de matrícula consular son de identidad, domicilio, contacto de emergencia, nivel de estudios, etc. Es aconsejable actualizar los datos en cuanto se produzca algún cambio en las circunstancias personales.  

 

 Inscripción de matrimonios, nacimientos y cambios civiles.

 

Para conservar la nacionalidad española también es recomendable que el ciudadano español de origen inscriba los actos civiles tales como: nacimiento de hijos o matrimonio, en el registro civil español correspondiente.

 

  Uso del pasaporte español y participación electoral (CERA).

 

Otra de las formas en las que el español de origen puede conservar la nacionalidad española cuando reside en el extrajero es por medio del uso del pasaporte español para realizar sus viajes al exterior. Además, es importante resaltar que la ciudadanía española otorga el derecho a voto; por esta razón, el español de origen debe participar en las elecciones convocadas por el consulado de España donde se encuentra inscrito.

Causas de Pérdida de la Nacionalidad Española según el Código Civil (Art. 24).

 

La pérdida de la nacionalidad española se puede dar en diferentes escenarios que involucran la voluntad expresa del ciudadano español de origen. Te los explicamos a continuación:

Pérdida por adquisición voluntaria de otra nacionalidad.

 

La pérdida de la nacionalidad española se puede dar cuando el ciudadano español emancipado, que reside habitualmente en el extranjero, adquiere voluntariamente otra nacionalidad. 

La pérdida de la nacionalidad española  se producirá una vez transcurran tres años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación.

La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas,

Guinea Ecuatorial, Portugal o Francia, no es suficiente para producir, la pérdida de la nacionalidad española de origen.

 

Pérdida por uso exclusivo de la nacionalidad extranjera.

 

La pérdida de la nacionalidad española también puede darse por el uso exclusivo de la nacionalidad que se tuviera antes de la emancipación. La pérdida se producirá una vez transcurran tres años, a contar, desde la emancipación.

Aquellas personas nacidas y residentes en el extranjero que hayan obtenido la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes en el país en el que residan les atribuya la nacionalidad de dicho país, perderán en todo caso la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla en el plazo de tres años, a contar, desde la emancipación o mayoría de edad.

La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas,

Guinea Ecuatorial, Portugal o Francia, no es suficiente para producir, la pérdida de la nacionalidad española de origen.

 

Pérdida de nacionalidad española en menores LMD al cumplir 18.

 

Los menores de edad que optaron a la nacionalidad española por LMD, si residen en el extranjero, y que adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilizan exclusivamente la nacionalidad que tenían atribuida antes de la emancipación pueden perder la ciudadanía española; por lo que es recomendable realizar la declaración de conservación de la nacionalidad española en el registro civil del domicilio.

Aquellas personas nacidas y residentes en el extranjero que hayan obtenido la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes en el país en el que residan les atribuya la nacionalidad de dicho país, perderán en todo caso la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla en el plazo de tres años, a contar, desde la emancipación o mayoría de edad.

 

Pérdida de la nacionalidad española por renuncia expresa.

 

Perderán la nacionalidad española aquellas personas mayores de edad y residentes habitualmente en el extranjero que renuncien expresamente a la nacionalidad española y tengan otra nacionalidad.

Guía para conservar la nacionalidad española cuando vives en el extranjero

 

Los interesados podrán evitar la pérdida de la nacionalidad española siguiendo estas recomendaciones: 

  • Declarar su voluntad de conservar la nacionalidad española en el consulado de España del lugar de residencia. Dentro del plazo de tres años (desde la mayoría de edad u obtención de segunda nacionalidad).
  • Realizar la declaración de conservación de nacionalidad española.

Acta de Conservación de la nacionalidad española

Es el documento en el que se hará constar la declaración de voluntad de conservar la nacionalidad española. 

 

Plazos para presentar la declaración de voluntad.

 

Tres años a contar desde la mayoría de edad o adquisición de la nacionalidad extranjera.

 

Consecuencias de no hacer la declaración de conservación de la nacionalidad española.

 

El no hacer la declaración de conservación de la nacionalidad española  implica que la pérdida de la ciudadanía se hará efectiva. En consecuencia, no podrá renovar los documentos españoles como el DNI y el pasaporte español, ni acceder a inscribir en el registro civil español actos como el nacimiento de hijos o matrimonios.

 

Pruebas de uso habitual de la nacionalidad española.

 

Se consideran pruebas para evitar la pérdida de la nacionalidad española:  el uso del pasaporte español para viajar, el participar en las elecciones de España convocadas por el consulado correspondiente, inscribir en el registro civil certificados de nacimiento de hijos, matrimonio, divorcio, etc.

 

Viajar con pasaporte español.

 

El pasaporte español se puede usar para viajar tanto a España o como a otros países de los que no sea nacional el interesado. 

Es recomendable tener el pasaporte en vigor y dado que la renovación en algunos consulados requiere de cita, lo mejor es informarse con suficiente antelación sobre los requisitos y el procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si no hago la declaración de conservación de la nacionalidad española?

Si no se realiza la declaración de conservación de la nacionalidad española dentro del plazo establecido, se puede perder la nacionalidad española y en el futuro tendrá que acudir al procedimiento de recuperación de la nacionalidad española.

¿Cuándo se pierde la nacionalidad española por no usarla?

En el caso del ciudadano español que reside habitualmente en el extranjero utilice de forma exclusiva la nacionalidad que tenía antes de cumplir la mayoría de edad. 

También se puede dar en el supuesto de hijos nacidos en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad por el padre o madre nacidos en el extranjero. 

¿Mi hijo pierde la nacionalidad española al cumplir 18?

Sí, si reside habitualmente en el extranjero y utiliza de forma exclusiva la nacionalidad atribuida antes de la mayoría de edad o si al hacerse mayor de edad adquiere voluntariamente otra nacionalidad.

¿Puedo perder la nacionalidad española LMD?

Solo se puede dar la pérdida de la nacionalidad española si se aplica alguna de las causas establecidas en el artículo 24 del Código Civil. 

¿Cuál es el plazo para conservar la nacionalidad española?

Tres años a contar desde la emancipación, mayoría de edad o adquisición voluntaria de nacionalidad extranjera.

Resumen y Recomendación Final para Beneficiarios de la LMD.

  • Inscribirse en el consulado en el registro de matrícula consular.
  • Mantener los documentos españoles en vigor. 
  • Utilizar el pasaporte español para viajar. 
  • Participar en las elecciones de España en las que le esté permitido votar. 
  • Inscribir los hechos registrales que le afecten, como puede ser, nacimiento de hijos, matrimonio, divorcio, separación.