La autorización para prácticas de estudios es una de las grandes novedades que trajo consigo la transposición de la Directiva europea en cuanto a estudiantes.
La autorización de residencia para prácticas de la disposición adicional 18ª de la Ley 14/2013 incluye, como ámbito subjetivo de aplicación, a toda persona extranjera que haya obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de la autorización o que esté realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior. La obtención del título o la realización de los estudios puede ser en España o en el extranjero. Si la realización de los estudios es en España deberá ser titular de una autorización de estancia por estudios.