La cédula de inscripción es un documento identificativo expedido por las autoridades españolas a las personas extranjeras que no pueden ser documentadas por las autoridades de ningún país.
Personas extranjeras que no pueden ser documentadas por las autoridades de ningún país y que desean ser documentadas por España.
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. No tener dictada una orden de expulsión. Acreditar no poder ser documentado por la misión diplomática u oficina consular correspondiente. Acreditar la concurrencia de razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o, en su caso, el cumplimiento de compromisos de España.
En el supuesto de que no sea posible la obtención del pasaporte de su nacionalidad, deberá acreditarlo del siguiente modo:
La carta de solicitud y los documentos que se adjunten deberán estar traducidos al español por intérprete jurado.
En el caso de que el interesado posea documentos personales de cualquier tipo con los que pueda acreditar su nacionalidad y datos de filiación (pasaporte caducado, documento nacional de identidad, certificados de nacimiento, etc.…) se incorporará al requerimiento fotocopia de los mismos (que se compulsarán en el caso de que el solicitante disponga de los originales).
Si transcurrido un mes desde la recepción del requerimiento en la representación diplomática o consular no hubiera habido respuesta por parte de la misma, el notario lo hará constar en el acta correspondiente.
La cédula de inscripción tiene una validez de 1 año, renovable.
Personalmente y por escrito.