Carta de Invitación
para España

La carta de invitación suele ser para un familiar o amigo que piensa venir a España con fines turísticos o privados, por un plazo no superior a noventa días, deberás tener en cuenta la siguiente información.

¿Dónde solicitar la carta de invitación para España?

 

En la Comisaría de Policía de tu lugar de residencia.

 

Requisitos para hacer una carta de invitación

 

  • Tu documento de identidad: DNI o NIE.
  • Copia del pasaporte o documento de viaje del invitado.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).
  • Empadronamiento de la unidad familiar para comprobar cuántas personas residen en el domicilio.

Lo que debes saber sobre la Carta de Invitación

 

En la solicitud de la Carta de Invitación, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:

 

El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. Bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».

 

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1.

 

Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

 

Con esto te quieren advertir de que si tu invitado no regresa en el plazo establecido te podrán investigar por un delito de favorecimiento de la inmigración clandestina, o te podrán imponer una multa administrativa o expulsarte del territorio nacional.

 

Por lo tanto, antes de hacer una carta de invitación toma en consideración esta información para evitarte dolores de cabeza.

Cuánto cuesta obtener una carta de invitación

 

Deberás abonar la tasa administrativa modelo 790, código 012, opción “Solicitud de Carta de Invitación. Podrás rellenar y descargar el formulario de la tasa de Solicitud de Carta de Invitación.

 

Además, por la expedición de la Carta de Invitación deberás pagar otra tasa de importe variable cuya cantidad se asignará en la Dependencia Policial.

¿Cómo se tramita la carta de invitación para España?

 

Comprueba primero con tu Comisaria si debes pedir cita.

Una vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, ésta iniciará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a resolver en el sentido que proceda en relación con la misma con la mayor brevedad posible.

 

Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al solicitante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, producirá el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento.

 

Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.

 

La notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en los artículos 44 a 49 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la Orden ministerial por la que se establezca el importe de las tasas por concesión de autorizaciones administrativas y expedición de documentos en materia de inmigración y extranjería. El abono de la tasa habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la Carta de invitación.

¿Te pueden denegar la solicitud de una carta de invitación?

 

Sí, la denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.

 

Serán motivos de denegación de la Carta de invitación:

        • La no aportación o la falta de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.
        • El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 28.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.

¿Cuánto tiempo tarda este trámite?

 

Dependerá de la Comisaria que tramite tu solicitud, puede tardar desde una semana hasta 1 o 2 meses por lo que te recomendamos solicitar la Carta de Invitación con antelación puesto que el invitado deberá traer la Carta original consigo.