Existen distintas vías para disolver el vínculo matrimonial dependiendo del grado de acuerdo entre los cónyuges y de otras circunstancias.
El divorcio en España podrá llevarse a cabo:
Le llamamos exprés porque es un procedimiento rápido que se sigue ante notario, NO es un procedimiento judicial.
MUY IMPORTANTE: no todos los matrimonios se pueden disolver a través de este divorcio notarial, pues para poder hacerlo ante notario es imprescindible que sea de mutuo acuerdo y que no existan hijos menores de edad pues en este caso debe intervenir el Ministerio Fiscal y debe hacerse, por tanto, ante el juzgado que corresponda.
De esta forma, para poder divorciarse por está vía rápida deberás tener en cuenta lo siguiente:
Que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
Que exista mutuo acuerdo de los cónyuges para la disolución del matrimonio.
La escritura deberá contener la voluntad inequívoca de los cónyuges de divorciarse y determinarán las medidas que hayan de regular los efectos derivados del divorcio.
Que no existan hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores. En caso contrario, el conocimiento y tramitación del procedimiento de divorcio, aun cuando sea de mutuo acuerdo entre los cónyuges, está reservado al órgano judicial.
De existir hijos mayores o menores emancipados deberán prestar su consentimiento ante el Notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
Los cónyuges deberán comparecer personalmente ante Notario, no es posible su representación.
Será necesaria la asistencia de una abogada o abogado, quien asesorará a la pareja y firmará también la escritura de divorcio.
Será competente el Notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes (artículo 54 Ley del Notariado). Dentro de la localidad podrán elegir el Notario que deseen.
Si necesitas profesionales que te asistan en este procedimiento de divorcio ante notario no dudes en consultarnos.
Este procedimiento es el resultado de la imposibilidad de los cónyuges de llegar a un acuerdo sobre el divorcio y sus efectos en el ámbito familiar y patrimonial.
Es por ello que cualquiera de los cónyuges puede iniciar los trámites del divorcio ante el Juzgado que corresponda a través de la pertinente demanda de divorcio.
IMPORTANTE:
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Los tribunales españoles deberán examinar si se cumplen los requisitos para que dicha sentencia de divorcio extranjera pueda ser reconocida en España. Este procedimiento de homologación o reconocimiento es el denominado Exequátur que deberá ser iniciado por la persona interesada asistida de abogada/o y procurador/a.
Importante tener en cuenta que no solo los españoles podrán solicitarlo sino también los extranjeros residentes en España que hayan obtenido una sentencia dictada en el extranjero cuando pretendan que la sentencia tenga validez en España.
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