nacionalidad española por residencia

Permiso de residencia para extranjeros que han retornado voluntariamente a su país

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Los extranjeros que hayan retornado a su país de origen voluntariamente o en base a un programa de retorno voluntario, podrán obtener, una vez finalizada la vigencia del compromiso de no regreso, una autorización de residencia temporal.

¿Qué requisitos se deben cumplir para el Permiso de Residencia Para Extranjeros?

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • Haber sido titular de una autorización de residencia temporal o residencia temporal y trabajo.
  • Haberse acogido a un programa de retorno voluntario impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado, o haber retornado voluntariamente a su país de origen al margen de programa alguno.
  • Haber comparecido personalmente en la representación diplomática o consular española del país de origen, entregando su tarjeta de identidad de extranjero en vigor.
  • En el supuesto de no haberse acogido a un programa de retorno voluntario, haber renunciado, expresamente y por escrito, en el momento de comparecer en la representación diplomática o consular española en su país de origen.
  • Haber finalizado el plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario, o si ha retornado al margen de programa alguno, que hayan transcurrido tres años desde la fecha del retorno.

¿Qué documentación se debe aportar?

Se deberán cumplir los requisitos exigidos en función de la autorización de residencia o residencia y trabajo que se solicite, pero con una  ventaja y es que no se tendrá en consideración la situación nacional de empleo en los procedimientos en los que sea exigible dicho requisito.

¿Cuánto tiempo tarda la resolución?

Estas solicitudes son objeto de tramitación preferente, siendo el plazo máximo de resolución y notificación de cuarenta y cinco días desde la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para su resolución.

 

Información actualizada en enero de 2016.

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