Residencia española por matrimonio

La residencia española por matrimonio es una de las vías legales para que las parejas puedan establecerse en España, cuando uno de los miembros no es comunitario.

¿Cuáles son los requisitos? ¿Qué documentos se solicitan? ¿Cuáles son los trámites necesarios?

En Ágreda Abogadas respondemos estas y otras preguntas sobre la residencia española por matrimonio .

Obtener residencia española por matrimonio

Si eres extracomunitario/a y estás casado/a con un ciudadano/a español/a y os queréis establecer en España, deberás obtener la residencia española por matrimonio que se denomina “Tarjeta Comunitaria”. Todo ello tras un previo proceso de trámites que detallamos a continuación.

Antes de empezar, asegúrate de que tu matrimonio se encuentra debidamente inscrito en un Registro Civil español. Si te casaste en España, estará en el Registro Civil del lugar de celebración del matrimonio. Si te casaste fuera de España estará inscrito en el Registro Civil Central.

En caso de que tu matrimonio no se encuentre inscrito, podrás beneficiarte del régimen comunitario. Sin embargo, no contarás con los beneficios de estar casado/a.

Si eres de un país que requiere visado para entrar a España, deberás solicitar el correspondiente visado como familiar de ciudadano de la UE. Una vez te encuentres en España ya podrás solicitar la residencia española por matrimonio.

El primer paso es que ambos cónyuges se empadronen en el mismo domicilio y soliciten la  autorización de residencia como familiar de ciudadano de la UE  en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se hayan establecido.

Para obtener la Tarjeta Comunitaria el cónyuge español debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Ser trabajador por cuenta propia.
  • Trabajar por cuenta ajena.
  • Ser estudiante matriculado para cursar estudios en España y disponer de medios económicos suficientes.
  • Contar con recursos económicos propios y seguro médico privado.

Una vez concedida la residencia española por matrimonio, el interesado deberá acudir a la Comisaria de Policía correspondiente para el trámite de expedición de la correspondiente tarjeta (toma de huellas).

Pasadas cuatro semanas podrá recoger la tarjeta física. Sin embargo, es muy importante destacar que los cónyuges de ciudadanos españoles podrán trabajar desde el momento en que solicitan el permiso ante la oficina de extranjería. No es necesario esperar a tener la tarjeta física para poder trabajar.

Nueva opción ARRAIGO FAMILIAR

Esta opción solo la recomendamos cuando no se cuenta con medios económicos aunque hay algunas oficinas de extranjería que obligan a utilizar esta vía.

Para esta solicitud solo necesitas:

  • Pasaporte del familiar extranjero donde conste el sello de entrada en España
  • DNI del ciudadano/a español/a
  • Certificado de matrimonio actualizado
  • Certificado de antecedentes penales del extranjero,  debidamente apostillado o legalizado y traducido en su caso.
  • Certificado de empadronamiento colectivo o familiar.

Requisitos para nacionalidad española por matrimonio

Para obtener la nacionalidad española por matrimonio es indispensable que antes hayas obtenido la residencia española. El hecho por si solo de estar casado o casada con el español, o española, no te da derecho a obtener la nacionalidad española.

El beneficio de estar casado o casada con un español radica en que solo te será exigible un año de residencia legal y continuada en España. 

Pues bien, aclarada esta cuestión importantísima, pasamos a enumerar los requisitos para obtener la nacionalidad española por estar casado o casada con un español o española:

  • Haber residido junto a tu cónyuge de forma legal (con permiso de residencia) y continuada (no haber salido de España más de 3 meses) durante el año inmediatamente anterior a la solicitud.
  • Haber superado las pruebas CCSE y DELE, en su caso.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en tu país de origen.
  • Aportar certificado de matrimonio de un Registro Civil español, es decir, si tu matrimonio no está inscrito en España, no podrás beneficiarte de esta posibilidad.
  • Aportar certificado de nacimiento del cónyuge español o española.
  • Pagar la tasa correspondiente.

En Ágreda Abogadas te acompañamos durante todo el proceso para obtener la residencia española por matrimonio y, en su caso, la nacionalidad española. Nuestro objetivo es asesorarte en todos los trámites legales que se deben realizar. Consulta tu caso con nuestras expertas en Extranjería y te ayudaremos en todo lo que esté en nuestras manos.