Tarjeta de Vecindad de Madrid

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Hoy se han anunciado las primeras la entregas de la Tarjeta de Vecindad de Madrid a inmigrantes sin papeles del Distrito Centro y hemos recibido numerosas llamadas de extranjeros que veían en esta tarjeta una solución a su situación irregular.

Ante la desinformación que hemos visto, debemos aclarar qué es la Tarjeta de Vecindad de Madrid, para qué sirve y sobre todo para qué NO sirve, sin entrar en valoraciones respecto de esta medida.

1. ¿Qué es la Tarjeta de Vecindad?

Es un documento que visibiliza la condición de vecina y vecino de la Ciudad de Madrid, es decir, equivale al EMPADRONAMIENTO.

2. ¿Para qué sirve?

  • -> Para garantizar, como al resto de la ciudadanía, el acceso a los servicios públicos municipales, por ejemplo los servicios sociales, de salud, cultura y deportes.
  • -> Favorecer los procesos de regularización de las personas en situación irregular que viven en la ciudad. Pero atención: los favorece en la misma medida que lo hace el empadronamiento.
  • -> Para facilitar en definitiva los procesos de integración personal y la cohesión social de la ciudad.

3. ¿Para qué NO sirve?

  • -> Para trabajar
  • -> No es un permiso de residencia.
  • -> No es un documento identificativo de la persona, sino de su condición de vecina o vecino de la ciudad de Madrid.
  • -> No permite la apertura de una cuenta bancaria.
  • -> No da derechos preferentes. El acceso a los servicios se hará en las mismas condiciones que el resto de vecinos y vecinas de Madrid.
  • -> No da acceso a ningún servicio distinto de los que presta el Ayuntamiento.

4. ¿Quién puede solicitar la Tarjeta de Vecindad de Madrid?

Podrán ser titulares de la Tarjeta de Vecindad, durante el proyecto piloto, todas aquellas personas extranjeras mayores de 18 años, con documento identificativo en vigor que al no poder acreditar documentalmente su residencia habitual en la ciudad de Madrid estén empadronadas en establecimientos colectivos del Distrito Centro (en los centros de servicios sociales, centros de recursos especializados municipales, entidades avaladas por el distrito o por la red especializada).

5. ¿Tiene algún coste?

Es gratuita.

6. ¿Cuáles son los Requisitos?

Podrán ser titulares de la tarjeta de vecindad en el proyecto Piloto del Distrito Centro toda persona extranjera que reúna los siguientes requisitos:

  • Tener documento identificativo en vigor (NIE, Pasaporte,etc.)
  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar empadronada en establecimientos colectivos del Distrito Centro (en los centros de servicios sociales, centros de recursos especializados municipales, entidades avaladas por el distrito o por la red especializada).

7. ¿Cómo se realiza el trámite?

Se realiza de forma presencial en la Oficina de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid del Distrito Centro.

Durante la atención se comprueba la documentación de identificación requerida y se toma la fotografía a través de webcam en el mismo momento de la cita, por tanto, no es necesario aportar la fotografía.

Se entregará la Tarjeta de Vecindad en el acto, asociada al domicilio en el que se encuentre empadronada la persona interesada.

Importante:

Por ultimo, reiteramos  que esta Tarjeta de Vecindad de Madrid  NO autoriza a residir ni a trabajar y que es equiparable al empadronamiento.

Si necesitas información sobre como regularizar tu situación en España llámanos y solicita una cita con nosotros.

¡No permitas que nada te impida alcanzar tus objetivos y tus sueños!